{"id":1366,"date":"2016-03-28T00:03:02","date_gmt":"2016-03-28T00:03:02","guid":{"rendered":"http:\/\/nueva.razacomica.cl\/?p=1366"},"modified":"2017-03-23T13:31:38","modified_gmt":"2017-03-23T13:31:38","slug":"carceles-y-patriarcado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/razacomica.cl\/sitio\/2016\/03\/28\/carceles-y-patriarcado\/","title":{"rendered":"C\u00e1rceles y patriarcado"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<h6 style=\"text-align: right;\"><strong>\/ por Alicia Alonso Merino<\/strong><\/h6>\n<p><\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Desde hace siglos, para las mujeres el castigo se ha aplicado en forma de encierro. Las \u201cCasas Galera\u201d en Espa\u00f1a, las \u201cCasas de Recogidas\u201d en M\u00e9xico y las \u201cCasas de Correcci\u00f3n\u201d en Chile encerraban por igual (y principalmente) a vagabundas, mendigas y prostitutas, es decir, mujeres pobres que viv\u00edan fuera del control masculino y del \u201cencierro\u201d dom\u00e9stico.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">La separaci\u00f3n entre delito y pecado hasta hace poco no estaba clara. Las mujeres hab\u00edan infringido la ley robando, blasfemando, prostituy\u00e9ndose, mendigando o rebel\u00e1ndose contra sus amos. Pero haci\u00e9ndolo, tambi\u00e9n se hab\u00edan \u00abdesviado\u00bb de su rol de mujeres. A la vez, hab\u00edan defraudado el comportamiento socialmente impuesto y, en ese sentido, cometido dos faltas graves: infringir una ley penal y transgredir una norma social .<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Eso explica que las mujeres al ser castigadas con la prisi\u00f3n sufran una triple condena:<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">La primera condena es la condena social. Cuando una mujer comete un acto delictivo rompe con el rol de esposa obediente y madre ejemplar que la sociedad le ha asignado. La sociedad en su conjunto reprocha con m\u00e1s dureza a la mujer que al hombre cuando comete un delito, porque al delinquir e ingresar en prisi\u00f3n la familia queda en el abandono y, por lo tanto, la mujer \u201cincumple\u201d con esa obligaci\u00f3n primordial que le ha sido \u201cencomendada\u201d.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">La segunda condena es la condena personal. La mujer presa va a sufrir un terrible desarraigo con su ingreso en prisi\u00f3n. Dado que eran ellas las que sosten\u00edan la unidad familiar, en la mayor\u00eda de las ocasiones, su p\u00e9rdida de libertad va a implicar la desintegraci\u00f3n de la familia (hijos e hijas y esposo). Esto \u00faltimo no siempre sucede si es el hombre el que entra en prisi\u00f3n, ya que son ellas las que mantienen el rol de \u201ccuidadoras\u201d.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">La tercera condena es la propiamente penitenciaria. Las c\u00e1rceles son instituciones de control social y encierro pensadas por hombres y para hombres. La poblaci\u00f3n mundial de mujeres encarceladas gira en torno al 2 y al 9% , por lo que al ser minor\u00eda, sufren el olvido y son un \u00e1mbito ignorado tanto por los medios, como por los estudiosos y, por supuesto, por el Estado. Al ser pocas estad\u00edsticamente, no existen c\u00e1rceles para mujeres en todos los lugares y muchas veces tienen que cumplir su condena lejos de sus lugares de arraigo familiar.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Junto a todo esto, se les aplica de forma indiscriminada las medidas de control y vigilancia existentes en las prisiones de hombres, sin que estas medidas se ajusten al peligro real que representa la poblaci\u00f3n femenina, exigi\u00e9ndoseles m\u00e1s docilidad y sumisi\u00f3n que a los propios hombres. Por eso cualquier conducta de rebeld\u00eda o enfrentamiento con la Instituci\u00f3n Penitenciaria se sanciona con m\u00e1s dureza. En efecto, el patriarcado tambi\u00e9n se traduce en castigar con m\u00e1s dureza la desviaci\u00f3n de la norma de las mujeres dentro de las c\u00e1rceles.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Lo anterior, pese a que el perfil criminol\u00f3gico de la mujer delincuente es diferente al del hombre: es muy inferior el empleo de fuerza, violencia o intimidaci\u00f3n en la comisi\u00f3n de sus delitos y cuando estos se cometen contra las personas (parricidio, infanticidio, etc.) no suele haber reincidencia. Los delitos de las mujeres son, en su mayor\u00eda, delitos de personas que carecen de poder y viven en la exclusi\u00f3n y el empobrecimiento. En las prisiones chilenas nos encontramos con que hay una sobrerrepresentaci\u00f3n de aquellas mujeres con escasos ingresos, drogodependientes, extranjeras y aquellas que han sufrido violencia a lo largo de su vida.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Por otro lado, el patriarcado se extiende tambi\u00e9n al \u00e1mbito sexual. En la c\u00e1rcel se restringe el derecho de la mujer a ejercer libremente su sexualidad cuando para la concesi\u00f3n de visitas \u00edntimas se les exige buena conducta, pareja estable, ex\u00e1menes de VIH y m\u00e9todos anticonceptivos. Lo que les discrimina respecto a sus compa\u00f1eros varones, a los cuales no se les exigen tantos requisitos.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Desde la entrada en vigor en el a\u00f1o 2005 de la Ley de drogas, las cifras de mujeres privadas de libertad se han multiplicado. De 4.270 condenadas en el 2005 se ha pasado a 9.579 condenadas en el 2013 (m\u00e1s del doble). De las cuales un 11,4% son extranjeras. Casi la mitad de las mujeres presas lo est\u00e1 por delitos de tr\u00e1fico (41% en el a\u00f1o 2012), lo cual implica por un lado condenas elevadas y, por otro lado, la dificultad de acceso a los permisos y a la libertad condicional (que s\u00f3lo puede solicitarse cumplidas las 2\/3 partes de la condena). Estos datos son un ejemplo claro de la desproporci\u00f3n punitiva donde entra en juego la construcci\u00f3n del delito, la construcci\u00f3n del delincuente y el car\u00e1cter selectivo de las instancias de control penal.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Adem\u00e1s, aunque resulte obvio, es importante recordar que las reclusas tienen diferentes necesidades biol\u00f3gicas a los hombres. La menstruaci\u00f3n, el parto y las consecuencias de la menopausia requieren atenci\u00f3n m\u00e9dica especializada en diferentes momentos de su vida. Los reg\u00edmenes penitenciarios muchas veces no tienen en cuenta estas especificidades. Carecer de agua en una prisi\u00f3n es igualmente una vulneraci\u00f3n de derechos, pero que afecta de forma diferente a un hombre que a una madre lactante o a una mujer con la menstruaci\u00f3n.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Diferentes normativas internacionales abogan por la propuesta de medidas alternativas al encarcelamiento de las mujeres embarazadas o con hijos e hijas de corta edad. En Chile, las madres condenadas con hijos o hijas menores de 1 a\u00f1o, pueden optar por tener a sus beb\u00e9s con ellas si la c\u00e1rcel tuviera sala cuna. Los da\u00f1os sicol\u00f3gicos del encarcelamiento y posterior separaci\u00f3n en las guaguas y las madres son incalculables, sin entrar a contar los costos econ\u00f3micos y el problema de quien se hace cargo despu\u00e9s del beb\u00e9.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Por \u00faltimo, mencionar que los talleres formativos y productivos que se imparten, refuerzan el rol dom\u00e9stico (corte y confecci\u00f3n, peluquer\u00eda, manualidades, cocina&#8230;) y no les prepara realmente para un trabajo en el exterior.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Si como se comprueba en la pr\u00e1ctica, la c\u00e1rcel no tiene una utilidad preventiva, ni disuasoria, ni facilita la reinserci\u00f3n, entonces nos preguntamos, qu\u00e9 sentido tiene la c\u00e1rcel para el caso de las mujeres. En la mayor\u00eda de los casos se trata de delitos menores y sin uso de la violencia en donde los costes del encarcelamiento son mayores y suponen una causa de exclusi\u00f3n directa. Adem\u00e1s, en muchos casos, ellas no necesitan de \u201crehabilitaci\u00f3n\u201d sino de una pronta integraci\u00f3n a su vida familiar y social con acceso a los recursos sociales b\u00e1sicos para evitar el delito. Es necesario tomar conciencia de los costos que tiene la prisi\u00f3n para las mujeres y para la sociedad en su conjunto y optar firmemente por medidas y alternativas que supongan opciones diferentes a la privaci\u00f3n de libertad.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Como hemos visto de forma esquem\u00e1tica -y sin \u00e1nimo de ser exhaustiva-, la situaci\u00f3n que las mujeres viven dentro de las c\u00e1rceles contin\u00faa siendo un reflejo de las situaciones de discriminaci\u00f3n que estas soportan en el exterior.<\/h6>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h6 style=\"text-align: left;\">Mientras se sancione igual situaciones que no lo son, se reproduce una situaci\u00f3n de desigualdad real y profunda que necesariamente debe ser cambiada.<\/h6>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Alicia Alonso Merino \/ Las c\u00e1rceles son instituciones de control social y encierro pensadas por hombres y para hombres. 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